Resolución 0794
Resolución 0794 de 2026 · Estándares del Observatorio Inmobiliario Catastral
Modifica parcialmente la Resolución 1040 de 2023 —la norma única de la gestión catastral multipropósito—. Su eje es la estandarización del Observatorio Inmobiliario Catastral (OIC): tras revisar 37 observatorios de gestores en 2025 y hallar operación heterogénea sin estándares, el IGAC fija especificaciones técnicas, de calidad e interoperabilidad mínimas y un esquema de coordinación articulado con el Observatorio Nacional del DANE. Incorpora además principios de transformación digital y atención integral operativa.
Qué establece esta norma.
- 01Modifica parcialmente la Resolución 1040 de 2023 (antes modificada por la 746 de 2024), norma marco de la gestión catastral multipropósito.
- 02Eje central: estandariza el Observatorio Inmobiliario Catastral (OIC). El IGAC verificó 37 observatorios de gestores y encontró operación heterogénea sin estándares; fija especificaciones técnicas, de calidad e interoperabilidad mínimas para la recolección, procesamiento, análisis y almacenamiento de datos del mercado inmobiliario.
- 03Crea un esquema de coordinación técnica de los OIC para consolidar, armonizar e interoperar la información, articulado con el Observatorio Nacional del DANE.
- 04Añade el principio de transformación digital (Art. 1.5, núm. 11): adopción progresiva y ética de nuevas tecnologías —analítica e IA en línea con el CONPES 4144 de 2025— y uso de fuentes secundarias (registros públicos y administrativos) para la actualización continua del dato.
- 05Añade el principio de atención integral operativa (núm. 12) y ajusta los de participación ciudadana y enfoque territorial (8) y publicidad, transparencia y uso de la información en el SINIC (9).
- 06Refuerza la interoperabilidad bajo el modelo del Sistema de Administración del Territorio (SAT) de la Ley 2294 de 2023 (arts. 35 y 37) y el uso obligatorio de información oficial.
- 07Ajusta la composición de la Instancia Técnica Asesora (incorpora dos delegados de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, Decreto 1139 de 2025) y la gestión en territorios étnicos formalizados (Decretos 462 y 1139 de 2025).
Cómo cumplimos
cada punto.
Observatorio que ya cumple el estándar técnico mínimo
Lo que la 0794 quiere estandarizar —recolección, procesamiento, análisis y almacenamiento de datos de mercado— es justo lo que Terraes opera: ofertas geolocalizadas, superficie de valor $/m² por zona y por predio, medianas y rangos. El gestor recibe un observatorio poblado y trazable, no una interfaz vacía que su equipo deba estandarizar a mano.
Interoperabilidad y articulación con el DANE
La capa de valor se entrega con esquema y trazabilidad de fuente, lista para consolidarse y armonizarse en el esquema de coordinación de OIC y articularse con el Observatorio Nacional del DANE que pide la resolución.
Transformación digital con metodología abierta
El motor usa analítica y fuentes secundarias (ofertas públicas, registros) para la actualización continua del valor —el principio 11 que añade la 0794— con metodología publicada y citada, no una caja negra.
Publicidad y prevención de asimetrías (SINIC)
El valor por zona se publica de forma consultable y trazable, alineado con el principio de publicidad y transparencia (núm. 9) y la prevención de asimetrías de información hacia usuarios públicos y privados.
Una herramienta, no un relevo de su responsabilidad
La propia resolución advierte que incorporar herramientas de innovación no releva al gestor de sus responsabilidades legales ni sustituye sus competencias administrativas. Terraes apoya y facilita el cumplimiento del estándar OIC; la titularidad del observatorio y la decisión catastral siguen en el gestor.
Sobre la R.0794.
¿Qué cambia la Resolución 0794 de 2026 frente a la 1040 de 2023?
Modifica parcialmente la 1040 (objeto, objetivos y principios de la gestión catastral) y su eje es estandarizar el Observatorio Inmobiliario Catastral: fija especificaciones técnicas, de calidad e interoperabilidad mínimas y un esquema de coordinación de los OIC articulado con el Observatorio Nacional del DANE. Añade principios de transformación digital y atención integral operativa, y ajusta la Instancia Técnica Asesora y la gestión en territorios étnicos.
¿Mi observatorio inmobiliario tiene que cumplir un estándar ahora?
La resolución establece especificaciones técnicas mínimas de calidad e interoperabilidad para los OIC y un esquema de coordinación, tras encontrar heterogeneidad en 37 observatorios de gestores. Para el alcance exacto y los plazos consulte el texto oficial de la 0794 y la versión consolidada de la 1040 publicada por el IGAC.
¿Terraes me deja cumplir el estándar OIC de forma automática?
No. Terraes entrega un observatorio poblado y trazable que apoya el cumplimiento de los estándares técnicos y de interoperabilidad, pero la titularidad del OIC, la responsabilidad legal y las competencias administrativas siguen siendo del gestor catastral, como lo aclara la propia resolución.
Lleve esta norma a mesa técnica con evidencia, no con declaraciones.
Cada punto del cumplimiento es demostrable en una demo de 30 minutos: el sistema procesa un caso real, valida contra la regla vigente y entrega salida revisable.